A- de 2024
Ponente Vladimir Fernández Andrade
✓Demandante Salas Tobon Wilmar De Jesus·Demandado Direccion Nacional De Impuestos Y Aduanas Nacionales Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Controversias en relaciones laborales con empresas de servicios temporales cuando la entidad pública es usuaria y la regla de vinculación es de empleado público
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto entre el Juzgado 3º Administrativo de Pereira y el Juzgado 1º Laboral del Circuito de la misma ciudad, ocasionado por el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho instaurado por un ciudadano, contra el acto administrativo que niega el reconocimiento y pago de la indemnización por despido injusto, suscrita por el Subdirector de gestión de recursos físicos de la DIAN, y que se declare solidariamente responsables a la DIAN, Seguriamericas Ltda, Vigilancia Santafereña y Cia Ltda, y otras, al pago de la indemnización.
Cumplidos los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena aclara que la DIAN es una unidad administrativa especial de acuerdo con el Decreto 2117/92, cuyo régimen general de vinculación es la de empleado público y el cargo que alega haber desempeñado el demandante, como vigilante, se ajusta al mismo.
Con fundamento en Autos 2579 y 1728/23, 133, 970 y 623/24, de conformidad con los numerales 2º y 4° del artículo 104 del CPACA, la jurisdicción contencioso-administrativa conocerá de las demandas en las que se pretenda (i) la declaratoria de existencia de una relación laboral y el reconocimiento de otras prestaciones laborales con una entidad pública a la que la parte demandante aduce haberle prestado servicios personales, a través de un vínculo formal con una empresa, sociedad o entidad que presuntamente habría actuado como simple intermediaria, (ii) cuando la regla general de vinculación de la entidad pública sea la de empleado público y (iii) dentro del trámite no pueda desvirtuarse prima facie tal parámetro de vinculación.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 1° Laboral del Circuito de Pereira y el Juzgado 3° Administrativo de la misma ciudad, y DECLARAR que el Juzgado 3° Administrativo de Pereira es la autoridad competente para conocer del proceso iniciado con la demanda presentada por el señor Wilmar de Jesús Salas Tobón en contra de Seguriamericas Ltda, Vigilancia Santafereña y Cia Ltda, Granadina de Vigilancia Limitada, Sepecol Ltda, Servision de Colombia y Cia Ltda; y la DIAN.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-5854 al Juzgado 3° Administrativo de Pereira para que proceda conforme a lo previsto por la presente providencia y para que comunique esta decisión al Juzgado 1° Laboral del Circuito de Pereira y a los interesados en el presente trámite.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.